¿Que es el Derecho?
El termino derecho proviene del termino latín Directum; Que significa, "Lo que esta conforme a la regla". Inspirado en postulados de Justicia, creado para regir y regular la conducta humana dentro de una Sociedad.
Puede entonces colegirse que el termino Derecho nos encierra en la esfera del "Deber ser".
Derecho Natural y Derecho Positivo.
Derecho Natural: Doctrina ética y jurídica que establece la existencia de unos principios implícitos de carácter superior, que son inherentes a la naturaleza de todo hombre. Es un derecho inmutable, de tipo universal que antecede al derecho positivo y al consuetudinario.
Derecho Positivo: Es aquel conjunto de normas jurídicas que emanan de la soberanía del Estado, con el fin de dirigir y ordenar una sociedad. En nuestro país, la función de crear y proferir leyes esta en cabeza del Estado, quien delega dicha función al honrable Congreso de la República. La promulgación de una ley, es decir, el contenido de esta, por naturaleza debe ser sometido a critica por parte del pueblo, quien puede verse de alguna manera afectado o beneficiado por la misma.
El Derecho positivo se divide en dos ramas, derecho publico y privado.
El Derecho Publico es aquel que busca o persigue un interés colectivo, regulando la relación entre los diferentes tipos de personas y el Estado (por intermedio de sus órganos), toda vez que este ultimo actué amparado en sus potestades legitimas y con base a lo establecido en la ley.
En esta rama se recurre a un acto unilateral del Estado, imponiendo así obligaciones a los gobernados con su consentimiento o sin este (Coacción).
Coacción: Fuerza legal que tiene el Estado para imponer algo aun en contra de la voluntad del gobernado.
El derecho publico esta conformado por:
- Derecho Penal.
- Derecho Administrativo.
- Derecho Constitucional.
- Derecho Internacional Publico.
Por otra parte, el Derecho Privado es aquel que persigue un interés de tipo individual, regulando de esta manera toda clase de relaciones entre particulares, los cuales buscan un beneficio propio. Estas relaciones que nacen con fines de beneficencia entre las partes, deben tener como base los preceptos o normas de orden publico, emanadas del poder legislativo, ya que una de los limites al derecho privado es el interés general o colectivo.
En esta rama del derecho reina la autonomía de la voluntad, es decir, se es libre de tomar decisiones convenientes o que benefician al individuo. Las obligaciones no nacen si no se tiene el consentimiento de la otra parte.
El derecho privado esta conformado por:
- Derecho Comercial.
- Derecho Civil.
- Derecho Internacional Privado.
Teorías para diferenciar entre el Derecho Publico y el Derecho Privado.
Teoría del Interés Jurídico (Romanos).
- Leyes de interés entre particulares (Derecho Privado)
- Leyes de interés Estatal (Derecho Publico)
Teoría dela Relación Jurídica.
- Si en la relación existe subordinación (Derecho Publico)
- Si la relación es de coordinación (Derecho privado)
Gracias por tu acertada recopilación de conceptos clave sobre esta materia. Espero sigas publicando contenidos.
ResponderEliminarMuy puntuales tus apuntes, con excelentes definiciones!! Ojalá sigas publicando
ResponderEliminarMuy buenas definiciones me ayudaron mucho, esta muy bueno tu Bloc, espero sigas enriqueciendolo para que este más completo y sea una ayuda idónea para todos los interesados en el tema.
ResponderEliminarHan sido muy importantes tus aportes para entender con claridad cada concepto. Gracias!
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